Secretario Académico

D. Jaime Delgado Iglesias
 


 

  Son competencias del Secretario Académico:

  (Art. 33 del Reglamento de la Facultad)

  1. Certificar los actos y acuerdos de la Junta de Facultad y levantar actas de sus sesiones.
  2. Cuidar de la formación y custodia de actas, así como de la compilación de las resoluciones e instrucciones del Decano y de las normas propias del Centro.
  3. Aquellas que le sean expresamente encomendadas y atribuidas por la Decana, como:
    1. Las recogidas en el artículo 16 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
    2. Constituirse en fedatario de los actos y acuerdos de los órganos de gobierno, de representación y de administración del centro.
    3. Efectuar la convocatoria de las sesiones de la Junta de Facultad por orden de la Decana.
    4. Cuidar la conservación y orden en el edificio e instalaciones del centro.
    5. La dirección funcional del Personal de Administración y Servicios.
    6. Coordinar y supervisar la gestión administrativa y económica del Centro, cuidando de la percepción de los fondos de toda clase destinados a la Facultad, controlando los fondos para las atenciones corrientes de la vida económica de la Facultad y supervisando la contabilidad de caja y demás libros necesarios para la administración.
    7. Elaborar la Memoria Anual del Centro.
    8. Cuidar de la correcta elaboración de las Actas de exámenes, exigiendo su presentación dentro de los plazos establecidos.
    9. Organizar los actos solemnes de la Facultad.
    10. Cuantas otras funciones sean inherentes a su condición de Secretario.
    11. Proponer a la Decana o a la Junta de Facultad cuantos asuntos relacionados con su funciones considere necesarios o estén normativamente establecidos.
    12. Presidir la Comisión Económica.
    13. Presidir la Comisión Electoral