D.ª Teresa Calderón Quindós
Son competencias de la Decana:
(Art.31 del Reglamento de la Facultad)
- Ostentar la representación de su centro.
- Convocar y presidir la Junta de Facultad y ejecutar sus acuerdos.
- Proponer el nombramiento y cese de Vicedecanos y Secretario entre los miembros de la comunidad universitaria de la Facultad.
- Convocar y presidir las Comisiones constituidas en el Centro.
- Elaborar las propuestas de la política de actuación del Centro.
- Organizar, dirigir y coordinar la actividad ordinaria del Centro.
- Resolver las solicitudes de convalidación, reconocimiento, transferencia e incorporación de créditos en los estudios de grado y máster dictaminadas por la correspondiente Comisión.
- Ejercer cuantas competencias no hayan sido expresamente atribuidas en estos Estatutos a la Junta de Facultad, y correspondan al Centro.